En virtud de la ley LEY 3/2007, de 21 de marzo, de Juventud de Aragón, las comarcas ejercen las competencias sobre juventud que les atribuye la normativa de comarcalización dentro de su ámbito territorial.
Entre las funciones que nos corresponden destacamos la de “Impulsar la participación libre y eficaz de las personas jóvenes en el desarrollo político, social, económico, cultural y educativo de la comarca, así como la promoción del asociacionismo y la defensa de los intereses globales de la juventud del Alto Gállego.”
Para ello se desarrollan, entre otros, los siguientes objetivos y acciones:
- Fomento de la participación juvenil de la comarca:
- Apoyar los intereses de la población joven de la comarca, prestando los servicios necesarios y requeridos.
- Cooperar con organizaciones y entidades para el desarrollo de programas de fomento del voluntariado.
- Promover y organizar actividades de animación, artísticas y socioculturales dirigidas a la juventud.
- Apoyar las iniciativas formativas de las entidades juveniles en materias de ocio y tiempo libre, así como en las culturales y artísticas.
- Promover el asociacionismo, el voluntariado y la participación social en el ámbito comarcal.
- Apoyar los intereses de la población joven de la comarca, prestando los servicios necesarios y requeridos.
- Elaboración de planes y programas de ámbito comarcal en relación con la juventud.
- Creación, Gestión y Dinamización de la Oficina Comarcales y puntos de información joven integradas en el Sistema Aragonés de Información Joven.